TODO ACERCA DE 2025 DE 2011

Todo acerca de 2025 de 2011

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Sisbén Pagos en itinerario (Predial, ICA) Portafolio de Servicios Alcaldía de Tocancipá Conoce nuestros trámites en el SUIT Certificado de residencia Certificado de residencia para personas que residen en el departamento del área de influencia de los proyectos de exploración y explotación petrolera y minera Abolición del registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio Corrección de errores e inconsistencias en declaraciones y recibos de plazo Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no adecuado Exención del impuesto de industria y comercio Exención del impuesto predial unificado Facilidades de cuota para los deudores de obligaciones tributarias Impuesto a la publicidad visual exterior Impuesto de delineación urbana Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y ableros Impuesto Predial Unificado Impuesto sobre el servicio de alumbrado manifiesto Modificación en el registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio Registro de contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio Sobretasa municipal o distrital a la gasolina motor Recibo de Solicitudes (PQRSD)

Este nuevo capítulo se enfoca en la reglamentación de la gradualidad de las multas por actos de acoso sexual gremial, en cumplimiento de la Ralea 2365 de 2024.

Los posibles beneficiarios a los que hace relato este apartado presentarán en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este Existente decreto-índole una solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

El objeto de estas ayudas es la ampliación y mejoría de la oferta de los actuales servicios de transporte público colectivo terrestre en el año 2025. Las ayudas para la perfeccionamiento se plantean para los siguientes bloques de solicitud:

Se incorpora una nueva disposición adicional cuarta al Verdadero Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo doctrina de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, con la sucesivo redacción:

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3. En el caso de que en una comunidad autónoma o en una diputación foral del País Vasco, en relación con el conjunto de los servicios de transporte interurbano en autobús de su competencia, el porcentaje de ingresos procedentes de los títulos de transporte a los que aplican los descuentos sobre el cuantía total de los ingresos por tarifa, sea superior al valencia medio estimado del 15 % en el apartado 1 de este artículo y presente cercano con la solicitud un certificado firmado por el Maestro en el que, para los primaveras 2019, 2020, 2021, 2022 o 2023, acredite otro porcentaje de ingresos por títulos de transporte multiviaje respecto a los ingresos totales, se aplicará el porcentaje que recoja dicho certificado siempre que se considere probada la fiabilidad de la información acreditada.

2. El porcentaje de precio del título de transporte que será financiado con cargo a estas ayudas, se realizará tomando como referencia el régimen tarifario que el beneficiario tuviese implantado a 30 de noviembre de 2024, excepto en la gratuidad pueril, y que afecte a los siguientes títulos de viaje:

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Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del artículo 127 segunda vez del texto refundido de la Ley Militar de la Seguridad Social, consentido por el Existente Decreto Parlamento 8/2015, de 30 de octubre, en el caso de los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar a los que se refiere el artículo 10, la cotización adicional finalista que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social se calculará sobre el importe resultante de aplicar a las bases de cotización por contingencias comunes los coeficientes correctores a los que se refiere el artículo 11.

Ambas circunstancias son la razón evidente que justifica que se implementen las medidas que se concretan en el Positivo decreto-clase. Al tratarse de modificaciones legales, requieren que se apliquen en una norma con este rango, y la propia situación de aprieto obliga a acometerlas con la máxima celeridad, lo que no permite la tramitación de una calidad ordinaria.

Por otra parte, resulta necesario modificar la disposición adicional cuadragésima cuarta del texto refundido de la índole Militar de la Seguridad Social para permitir ampliar la duración del compromiso de mantenimiento del empleo y dotar al Mecanismo Nasa de la flexibilidad necesaria para que su funcionamiento se ajuste con eficacia a situaciones que hasta la plazo podrían no admitir un tratamiento adecuado bajo el entorno válido. Lo inicial se ha puesto de manifiesto a la aspecto de las experiencias en materia de regulación temporal de empleo que han tenido emplazamiento desde la aprobación decreto 0305 de 2024 del mecanismo, que revelan que, en determinadas situaciones, es necesario ampliar la duración del compromiso del mantenimiento del empleo para garantizar que la aplicación del mecanismo verdaderamente redunda en beneficio de las personas trabajadoras afectadas por el mismo.

En segundo lugar, se establece la suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por la DANA. La agravación de los pertenencias económicos provocados por este acontecimiento natural de enorme magnitud hace que los mismos puedan conservarse a comprometer el mantenimiento del tejido financiero y empresarial afectado por los mismos.

2. No obstante, estas ayudas son incompatibles con aquéllas otras que, en registro del hecho insular, se otorguen en virtud de lo previsto en el artículo 59 de este Positivo decreto-condición a las comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias para la implantación de un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte conocido colectivo terrenal de las islas.

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